LA
AUDITORIA GUBERNAMENTAL
La Auditoría Gubernamental es el mejor medio para verificar que la gestión pública que se haya realizado con economía, eficiencia, eficacia y transparencia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Donde se incluyen las áreas financieras, administrativas y operativas que son ejecutadas por todas las entidades y organismos del sector público.
¿QUE EVALÚA LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL?
- Las transacciones, registros, informes y estados financieros.
- Todo lo relacionado con el control interno de los estados financiero.
- La legalidad con que se realicen las actividades y transacciones.
- La planificación, organización y ejecución que se aplican mediante un control interno realzado o que se realizará.
- Etc.
CLASES DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
Una auditoria financiera, o más exactamente, una auditoria de estados financieros, es la revisión de los estados financieros de una empresa o cualquier otra persona jurídica (incluyendo gobiernos) en base a una serie de normas previamente establecidas, dando como resultado la publicación de una opinión independiente sobre si los estados financieros son relevantes, precisa, completa y presentada con justicia. Las auditorias financieras, se suelen llevar a cabo por las empresas, debido al especial conocimiento de información financiera que necesitan. Para llevarse a cabo, y como hemos enunciado previamente, existen una serie de normas o principios que regulan las auditorias que emiten las autoridades de los países conforme a una principios enunciados internacionales.
Auditoría Operacional o de Gestión:

i) la eficacia de los sistemas de administración y de los instrumentos de control interno incorporados a ellos, y
ii) la eficiencia, eficacia, y economía de las operaciones.
Examen Especial:

LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL PUEDE REALIZARSE EN LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES AUTÓNOMAS:
- BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO (BFA).
- BANCO CENTRAL DE RECERVA (BCR).
- CENTRO NACIONAL DE REGISTRO (CNR).
- CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA Y FORESTAL (CENTA).
- CENTRO NACIONAL DE FERIAS Y CONVENCIONES DE EL SALVADOR.
- CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA PROFESIÓN DE LA CONTADURÍA PÚBLICA Y AUDITORÍA.
- DEFENSORIA DEL CONSUMIDOR.
- ESCUELA FENERAL DE AGRICULTURA "ROBERTO QUIÑONEZ" (ENA).
- FONDO DE CONSERVACIÓN VÍAL (FOVIAL).
- FONDO SOCIAL DE LA VIVIENDA POPULAR (FONAVIPO).
- FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA (FSV).
- INSTITUTO NACIONAL DE LOS DEPORTES DE EL SALVADOR (INDES).
- SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES (SIGET).
- UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR (UES).
NOTA: La auditoría aplicada en estas instituciones son complejas, ya que El Estado les ayuda económicamente, por lo cual el control interno son mas delicados y les es mas difícil al auditor abarcar todos los componentes de los estados financieros.
MARCO REGULATORÍO DE LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL.
Constitución de la República de El Salvador: Art. 195
En el enlace siguiente indica la constitución donde se encuentra el artículo mencionado que nos hace referencia en el capitulo V, Corte de Cuentas de la República.
Ley de Corte de Cuentas de la República:
En el siguiente enlace se encuentra la Ley de Corte de Cuentas de La República Salvadoreña.
Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP):
En el siguiente enlace se encuentra la Ley de Acceso a la Información Pública, como también el Reglamento de esta Ley.
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